REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once (11) de agosto del año 2025
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2025-00001971
PARTE SOLICITANTE: DOUGLIMAR GIMENA GIMENEZ PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.330.270.-
ABOGADO ASISTENTE
DE LA SOLICITANTE: LUIS ARTURO ARANGUREN QUERO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°303.081.-
MOTIVO:
TIPO DE SENTENCIA: TITULO SUPLETORIO.-
DECRETO.-
SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS
Vista la solicitud presentada por la ciudadana DOUGLIMAR GIMENA GIMENEZ PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.330.270, debidamente asistida por el abogado LUIS ARTURO ARANGUREN QUERO, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, con una superficie de: DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200 Mts2) aproximadamente y un área de construcción de CIEN (100 MTS2) aproximadamente, ubicada en la siguiente dirección: Vereda 20 entre calles 6 y 7 parcela C-49 Barrio José Gregorio Hernández, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del estado Lara, constante de: una (01) casa de vivienda familiar de paredes de bloque, piso de cemento y techo de platabanda con porche principal con techo de platabanda y el resto de la casa techo de acerolit, ventanas panorámicas con una puerta y un portón, estacionamiento para dos vehículos básicos, de piso de concreto, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con vereda 20 que es su frente; SUR: Terrenos que son ocupados por Aura Duin; ESTE: Con terrenos ocupados por Alexis Piña, y al OESTE: Con terrenos ocupados por Zaida Duis. Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de: CUATROCIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES (460.000.00Bs).-
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: MARIA ALEJANDRA TORRES RODRIGUEZ y LEIDY ROSA GORDILLO GUEDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 25.753.520 y 21.126.2024, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana DOUGLIMAR GIMENA GIMENEZ PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.330.270, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.-
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto, a los once (11) días del mes de agosto del año 2025. Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.