REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Primero de Agosto del dos mil Veinticinco
Años: 215° y 166°
ASUNTO: KP02-S-2025-003166
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: CLAUDIO SIDONIO GOMES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-11.434.802, quien actúa en representación de la SUCESIÓN JOSE SIDONIO GOMES NUNES,con RIF:J-500028563, debidamente asistido en este acto, por la abogadaTahuasy Bertolini Mirabal, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 69.302, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en el sector Sur Oeste, Barrio 24 de Julio con Avenida Libertador , Esquina Calle San Juan, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS (995,20 MTS2), cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la SUCESIÓN JOSE SIDONIO GOMES NUNES, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Juez.

Abg. Mariani Selena Linares Peraza. La Secretaria.

Abg. María Isabel Godoy Viloria.