Por cuanto de la revisión de las actas que componen el presente expediente, este Tribunal observa; que el beneficiario de la misma, alcanzado la mayoría de edad, no evidenciándose en autos, que padezca alguna deficiencia física o mental, ni cursando estudios que le impida trabajar; este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, para el ciudadano CRUZ CARLOS SANCHEZ MARQUEZ de conformidad con la norma contenida en el artículo 383, Literal b) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En El Tocuyo, a los Treinta (30) días del mes de septiembre del año 2024. Año 214° Independencia y 165° Federación.
La Jueza Provisoria, La Secretaria.-
Abg. Yosglide Duin Leon. Abg. Rosbelcy Sandoval.-
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia.
La Sec...
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