REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta y uno (31) de octubre de dos mil Veinticuatro (2024)
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2023-002713
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentado por la ciudadana LISBETH PILAR MELENDEZ DE GUAIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.423.952, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada ZULLIKEY ESCOBAR, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 245.315, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicada en la carrera 10 entre calles 4-A y 5-A, Indio Manaure, N° cívico 5-11, parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento Registrado ante la Oficina del Registro Público del primer circuito del Estado Lara, de fecha 13 de octubre del año 2010, bajo el N° 2010.1449, asiento registral 1, número de matrícula 362.11.2.3.2346, folio Real del año 2010, distinguido con el código catastral 1303033180011006, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos JUDITH MARIA RODRIGUEZ ALVARADO y NAUDO LUIS OLLARVES BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.804.330 y V-9.614.519, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio.En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano LISBETH PILAR MELENDEZ DE GUAIDO, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
El Juez,
Abg. Jhonny José Alvarado Hernández El Secretario,
Abg. Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/Drv.-