REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce (14) de Octubre del dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-001864
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana MILEIDY HORTENSIA FIGUEROA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-9.618.665, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado, HENMER JOSE GIL, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N°208.048, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficiente las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas, en el Barrio el Carmen, calle 9 entre carreras 1 y 2, casa S/N, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, Según consta en documento debidamente Autenticado ante el Registro Inmobiliario Segundo Circuito Municipio Iribarren Barquisimeto del Estado Lara, Bajo El N°22, Tomo 17, protocolo primero (1) de fecha veintiuno (21) de febrero del año dos mil siete (2007),según código catastral N° 1303007U014060207021000, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de las ciudadanas: CARMEN ALICIA MELENDEZ JOBO y EILING NELMARA LEON LUCERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 14.649.698 y V-15.448.224, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la solicitante ciudadana: MILEIDY HORTENSIA FIGUEROA RODRIGUEZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.tsj.gob.ve.
El Juez,
Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario,
Abg. Lewis Carrasco Rangel
JAlvarado/LCR/Lr
Asiento libro diario: ____