REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro
214º y 165º
ASUNTO: KP02-V-2024-001235
Se inició la presente causa por ante este Tribunal, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por motivo NULIDAD DE ASAMBLEA, presentada por el Ciudadano: AMADEO JAVIER MIR GASTON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.555.991, asistido por el abogado Adrian Méndez, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 108.804, Contra los Ciudadanos: ORLANDO HUMBERTO GUTIERREZ MELENDEZ Y FRANCISCO MIGUEL MIR GASTON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.087.518, V-4.374.612..Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que desde la admisión de la demanda de fecha 20 de Septiembre del 2024 la parte actora no ha dado impulso procesal a los fines de emplazar a la parte demandada, toda vez que la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el Ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “…Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado....” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la Instancia en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en la norma antes citada.
La Juez Provisorio,
Abg. Milangela Mercedes Jiménez Escalona.
La Secretaria Accidental.
Abg. Roxana José Ramírez Catarí.
MMJE/RJRC/rjp.
|