REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve (29) de Noviembre de dos mil Veinticuatro (2024)
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-002545
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, por los ciudadanos JHONATHAN JOSE ARISMENDY CORDERO, DURBIN ANTONIO ARISMENDY LEON y MARIA RAMONA CORDERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.448.640, V-5.716.525 y V-7.352.803, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado IVAN FERNANDEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 182.459, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de la bienhechuría ubicada en la avenida Ricaurte frente a la cancha comunidad La Lucha, casa Nº 05-93, pila de Montesuma II, Parroquia Guerrera Ana Soto Municipio Iribarren del Estado Lara, la cual construyeron con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos JOSE MIGUEL ROJAS Y HERNÁN ENRIQUE TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 15.230.354 y V- 15.885.718, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitante ciudadanos JHONATHAN JOSE ARISMENDY CORDERO, DURBIN ANTONIO ARISMENDY LEON y MARIA RAMONA CORDERO, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
El Juez,

Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario,



Abg. Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/acp