PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
COMPETENCIA CIVIL
PUERTO ORDAZ, VEINTIDOS (22) DE NOVIEMBRE DEL 2024
214º Y 165º
SOLICITANTES: ANA CLEOTILDE GALLARDO DE RAMIREZ, ROBERT CRISTIAN RAMIREZ GALLARDO, ROGER CRISTIAN RAMIREZ GALLARDO, ROSER ANA RAMIREZ GALLARDO.-
ABOGADO ASISTENTE: CARLOS JOSE AMARISCUA GONZALEZ, I.P.S.A Nº 201.072.-
MOTIVO: “DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS”.
SOLICITUD: Nº 4.172-24
UNICO
Por cuanto corresponde dictar el decreto de la presente solicitud, este Tribunal procede a ello en los términos siguientes:
Se recibió solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, por la U.R.D.D (NO PENAL) Puerto Ordaz, quedando a este Despacho Judicial, Bajo el numero FP11-M-2024-1689, que encabeza las presentes actuaciones y sus recaudos que la acompañan, presentada mediante escrito de fecha primero (01) de noviembre del 2.024, por la ciudadana: ANA CLEOTILDE GALLRADO DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.850.359, de este domicilio, actuando en su condición de esposa y en representación de su hijos, los ciudadanos: ROBERT CRISTIAN RAMIREZ GALLARDO, ROGER CRISTIAN RAMIREZ GALLARDO, ROSER ANA RAMIREZ GALLARDO venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.600.398, V-14.367.564 y V-14.367.563; debidamente asistida por el Abogado CARLOS JOSE AMARISCUA GONZALEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 201.072, para que se declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara: FERNANDO RAMIREZ, de venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.997.905; se advierte que en fecha primero (01) de noviembre del 2.024, la misma fue distribuida correspondiéndole a este Juzgado su conocimiento, de conformidad con lo establecido en el acta de esa misma fecha.-
En fecha 01/11/2.024 se le dio entrada y se ordenó su anotación en el Registro de Solicitudes respectivo bajo el Nº 4.172-2024 y se ADMITIO con fecha 11/11/2024 por cuanto ha lugar en derecho.-
En fecha veintidós (22) de Noviembre del 2.024, se evacuaron las testimoniales de los ciudadanos: ANDREA CAROLINA PINEDA GONZALEZ y JESUS DANIEL FEMAYOR GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidades Nros. V-17.161.158 y Nº V-30.857.366, respectivamente y de este domicilio, se desprende de las presentes actuaciones, que los solicitantes acompañaron a su solicitud, los siguientes recaudos:
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad del ciudadano: FERNANDO RAMIREZ, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.997.905.
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana: ANA CLEOTILDE GALLARDO DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.850.359 y de este domicilio.
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad del ciudadano: ROBERT CRISTIAN RAMIREZ GALLARDO, venezolano, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.600.390 y de este domicilio.-
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad del ciudadano: ROGER CRISTIAN RAMIREZ GALLARDO, venezolano, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.367.564 y de este domicilio.-
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana: ROSER ANA RAMIREZ GALLARDO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.367.563 y de este domicilio.-
• Copia Certificada del Acta de Defunción del fallecido: FERNANDO RAMIREZ, expedida por el Registro Civil, Municipio Caroní del Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 2764, Libro Nº 17, del año 2.022.-
• Copia Certificada del Acta de matrimonio de los ciudadanos: FERNANDO RAMIREZ y ANA CLEOTILDE GALLARDO GALAVIZ, expedida por el Registro Civil, parroquia 23 de enero, Municipio Libertador Distrito capital, asentado bajo el Nº 306, del año 1972.-
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: ROBERT CRISTIAN RAMIREZ GALLARDO , expedida por el Registro Civil parroquia 23 de enero, Municipio Libertador, Distrito Capital, asentado bajo el Nº 442, Folio 221 y vuelto, del año 1974.-
• Copia Simple del Acta de Nacimiento del ciudadano: ROGER CRISTIAN RAMIREZ GALLARDO, expedida por la Registro Civil del Municipio Caroní del Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 433, Libro Nº 2, del año 1977.-
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana: ROSER ANA RAMIREZ GALLARDO, expedida por el Registro Civil Municipio Caroní del Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 143, Folio 142, del año 1979.-
Sentado lo anterior, y analizados los recaudos que fueron acompañados al aludido escrito, procedentemente identificados, a los fines de demostrar sus pretensiones, así como la declaración de los testigos a los folios 18 Y 21, este Juzgado le da pleno valor probatorio solo a los documentos públicos consignados por el solicitante, supra señalado, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1.357 del Código Civil en concordancia con el Art. 429 del Código de Procedimiento Civil, así como pleno valor probatorio a las testimóniales por encontrarlos hábiles y contestes, conforme al Art. 508 del CPC. ASI SE ESTABLECE.-
En consecuencia, con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO y, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de Cujus: FERNADO RAMIREZ, de venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.997.905, quien el día 08/11/2022, falleció a consecuencia de: SHOCK SEPTICO, INFECCION DE PIEL Y PARTES BLANDAS PIE DIABETICO, DIABETES MELLITUS TIPO II, según Certificado de Defunción Nº 4259314 suscrito por el JOANNA FIGUEROA, a las ciudadanas: ANA CLEOTILDE GALLARDO DE RAMIREZ, ROBERT CRISTIAN RAMIREZ GALLARDO, ROGER CRISTIAN RAMIREZ GALLARDO, ROSER ANA RAMIREZ GALLARDO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.850.359, V-12.600.398, V-14.367.564, V-14.367.563, respectivamente y de este domicilio.- Y ASI SE DECIDE.-
Se ordena, que una vez publicada la presente decisión se expida copia certificada de la misma a los interesados, y la devolución de los documentos originales a cualquiera de los solicitantes de autos, cursantes en estas actuaciones; de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
- Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dada, Sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, VEINTIDOS (22) días del mes de NOVIEMBRE del DOS MIL VEINTICUATRO (2.024). Años: 214º de la Independencia y 165º de la Federación.-
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