DE LA PARTE SOLICITANTE:

Ciudadano: MOHAMAD AL SAHILI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-23.606.125, actuando en su condición de presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES WHITE LINE, COMPAÑÍA ANONIMA, domiciliada en Puerto Ordaz e inscrita por ante el Registro Mercantil en fecha 18/03/2016, debidamente asistido por el abogado en ejercicio OMAR ANTONIO MORALES MONTSERRAT e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 64.040.

MOTIVO: SOLICITUD DE NOTIFICACION JUDICIAL

Con vista a la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y los recaudos que la acompañan, y cumplidas como se encuentran las formalidades establecidas, tal como se desprende en el auto de admisión dictado en fecha 08/05/2024, específicamente lo relativo a la práctica de la Notificación Judicial, por indicación del Ciudadano: MOHAMAD AL SAHILI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-23.606.125, actuando en su condición de presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES WHITE LINE, COMPAÑÍA ANONIMA, domiciliada en Puerto Ordaz e inscrita por ante el Registro Mercantil en fecha 18/03/2016, debidamente asistido por el abogado en ejercicio OMAR ANTONIO MORALES MONTSERRAT e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 64.040, en la siguiente dirección: CENTRO COMERCIAL CIUDAD COMERCIAL ALTA VISTA, CALLE CAURA CON CUCHIVERO CON CARRERA NEKUIMA CON GURI, PISO1, OFICINA 73 DE LA CIUDAD DE PUERTO ORDAZ, JURISDICCION DEL MUNICIPIO CARONI DEL ESTADO BOLIVAR, se notificó al ciudadano(a) WALESKA DEL CARMEN CEDEÑO A., de Nacionalidad _Venezolana_, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V-30.365.350, de este domicilio, en su carácter de notificado de actas, debidamente asistida por el abogado en ejercicio RONNY JOSE GUTIERREZ, e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 290.146,se evacuaron los particulares, se practicó la referida Inspección Judicial solicitada.

En merito de lo expuesto y practicada como ha sido la presente solicitud de Inspección Judicial, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, De conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Resolución Nro. 2.009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2.009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, y publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.152, de fecha 2 de Abril del 2.009 y Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante plenamente identificada en dicha solicitud, en forma original con sus resultas.

Publíquese, regístrese, incluso en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia Regiones: bolívar.tsj.gob.ve, así como en la página bolívar.scc.org.ve. Cúmplase lo ordenado.

Dada, Sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los Veinte (20) día del mes de Mayo del año Dos Mil Veinticuatro (2.024). Años: 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
LA JUEZA

MARLIS ZULEMA TALY LEON

LA SECRETARIA

YASBILEIDY N. SILVA M.

En esta misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las Once y cinco minutos de la mañana (11:05 A.m.) y se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA


YASBILEIDY N. SILVA M.














SOLICITUD Nº23.238-24
MZTL/Ynsm/Betsy R.-