REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis (26) de marzo del 2024
213º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-000424
SOLICITANTE: Ciudadano JOSE CERAFIBNO GARCIA ALDANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.583.486.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: Abg. RAMÓN JOSE HERRERA BIGOTT, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°131.208.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-
SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSE CERAFIBNO GARCIA ALDANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.583.486, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por el Abogado en ejercicio RAMÓN JOSE HERRERA BIGOTT, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°131.208, donde manifiesta se le decrete a su favor TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre unas bienhechurías que construyó a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO que mide aproximadamente de MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS CUADRADOS (1.292,10 Mts2),ubicadas en la siguiente dirección: Kilómetro 11 de la vía que conduce de Barquisimeto a Río Claro, camino vecinal y vialidad I, Sector Bello Monte, actualmente Parroquia Juárez, Municipio Iribarren del estado Lara, que consiste en tres (03) habitaciones, un (01) baño, cerca perimetral de alfajol, techo de tejas, tejas; piso de cerámica, sala-comedor, cocina de mampostería, paredes de bloques y ladrillos rojos friso liso, puerta de hierro y ventanas, instalaciones eléctricas, aguas blancas, aguas servidas, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Terreno que son o fueron ocupados por Gustavo Sánchez. SUR: Con Camino
Vecinal y vialidad I; ESTE: Con vialidad I; OESTE: Con terreno que son o fueron ocupados por Oscar Suarez. Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00).-
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: Ciudadanos GUSTAVO ENRIQUE VERDE GALINDEZ y BELKIS YOLANDA GONZALEZ YEPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.731.600 y 3.858.015, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano JOSE CERAFIBNO GARCIA ALDANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.583.486, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://www.lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los veintiséis (26) de marzo de 2024. Años 213° de la Independencia y 165° de la Federación.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/EnguiR.-
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