PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 08 DE MARZO DE 2024
213º Y 164º

I

SOLICITANTE(S): MARIA ROSA CAMPOS NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-28.530.759, respectivamente.-

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

EXPEDIENTE: 18.144-23

SENTENCIA INTERLOCUTORIA SIMPLE.

II

Vista una revisión del presente expediente, se detecto que la parte solicitante no dio cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal en fecha 18/10/23 observándose que ha transcurrido el lapso establecido en el auto, por lo cual este tribunal se declaro DESISTIDO en fecha 25/10/23; se hace constar que la parte solicitante no ha realizado ningún acto que de impulso procesal para la continuación de la presente solicitud, a lo que se agrega que tampoco se ha hecho presente en este despacho persona alguna que este legítimamente acreditado por la referida solicitante o que muestre interés alguna que se continúe con los trámites del proceso, razón por la cual y ante la evidente falta de interés, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADA la presente causa y extinguido el proceso, ordenando el archivo de las actuaciones. Remítase al Archivo Judicial de esta circunscripción judicial en la oportunidad que corresponda, el cual quedará anotado bajo el Legajo Nº _______ y remitido mediante oficio Nº ____________, constante de ______ folios útiles. Cúmplase.

LA JUEZA

MAYRA URBANEJA ZABALETA
LA SECRETARIA

OSMELIS LORENA VELASQUEZ

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la decisión anterior y se dejó copia certificada para el copiador de sentencias conforme al artículo 248 del C.P.C., siendo las 10:30 a.m. Conste.

LA SECRETARIA

OSMELIS LORENA VELASQUEZ

MUZ/OLV/Karelys
Exp.18.144-23