PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 08 DE MARZO DE 2024
213º Y 164º
I
SOLICITANTE: ROBERT JOSE UGAS OSTOS Y DUBRASKA CAROLINA FERNANDEZ MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.116.794 y V-19.420.675, respectivamente.-
MOTIVO: NOTIFICACION JUDICIAL.
EXPEDIENTE: 18.064-23.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
II
Visto que de una revisión minuciosa el Tribunal observa que la parte accionante no impulso el proceso para la practica de la Notificación Judicial y que desde la fecha 27/07/2023, no hubo actuación de la parte solicitante para la practica de la presente solicitud, de NOTIFICACION JUDICIAL signada bajo el Nro. 18.064-23, nomenclatura interna de este despacho judicial, presentada por los ciudadanos ROBERT JOSE UGAS OSTOS Y DUBRASKA CAROLINA FERNANDEZ MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.116.794 y V-19.420.675, respectivamente, parte solicitante; razón por la cual y ante la evidente falta de interés, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADA la solicitud y extinguido el proceso, ordenando el archivo de las actuaciones de la presente solicitud. Remítase al Archivo Judicial de esta circunscripción judicial en la oportunidad que corresponda, el cual quedará anotado bajo el Legajo Nº _______ y remitido mediante oficio Nº ____________, constante de ______ folios útiles. Cúmplase.
LA JUEZA
MAYRA URBANEJA ZABALETA
LA SECRETARIA
OSMELIS LORENA VELASQUEZ GUERRA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la decisión anterior y se dejó copia certificada para el copiador de sentencias conforme al artículo 248 del C.P.C., siendo las 10:52 a.m. Conste.
LA SECRETARIA
OSMELIS LORENA VELASQUEZ GUERRA
MUZ/Olvg/Elimar
Sol. 18.064-23
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