PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 19 DE JUNIO DE 2024
213º Y 164º

I

SOLICITANTE: PEDRO DAVID SABINO ALFONZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.646.808.-

MOTIVO: DIVORCIO POR DESAFECTO.

EXPEDIENTE: 15.459-24.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

II

Visto que de una revisión minuciosa el Tribunal observa que la parte no hizo oposición a la sentencia de fecha 25/04/24, para la continuación de la presente solicitud, de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES (INDIVIDUAL) signada bajo el Nro. 15.459-23, nomenclatura interna de este despacho judicial, presentada por el ciudadano PEDRO DAVID SABINO ALFONZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.646.808, parte solicitante; razón por la cual y ante la evidente falta de interés, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADA la solicitud y extinguido el proceso, ordenando el archivo de las actuaciones de la presente solicitud. Remítase al Archivo Judicial de esta circunscripción judicial en la oportunidad que corresponda, el cual quedará anotado bajo el Legajo Nº _______ y remitido mediante oficio Nº ____________, constante de ______ folios útiles. Cúmplase.
LA JUEZA

MAYRA URBANEJA ZABALETA
LA SECRETARIA

OSMELIS LORENA VELASQUEZ GUERRA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la decisión anterior y se dejó copia certificada para el copiador de sentencias conforme al artículo 248 del C.P.C., siendo las 10:52 a.m. Conste.
LA SECRETARIA

OSMELIS LORENA VELASQUEZ GUERRA

MUZ/Olvg/Elimar
Exp. 15.459-23