REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, 27 DE JUNIO DE 2024.
AÑOS: 213° Y 165°
Vista la sentencia interlocutoria de fecha 17/06/2024 mediante la cual se homologó el escrito transaccional presentado por los abogados en ejercicio Juan Carlos Quijada y Miguel Angel Abrams Cristiams, inscrito en el IPSA bajo los Nrs. 43.989 y 56.174, actuando en su propio nombre y con la condición de directores de la demandante sociedad civil Soules, Quijada & Abrams S.C. Abogados; y por otro lado los ciudadanos Jose Antonio Castro y Yokira Liseth Aponte Bolivar, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº 8.528.514 y 12.129.953, respectivamente, actuando con la condición de Directores de la demandada sociedad mercantil Proyecto y Construcciones Payloader Padre & Hijos C.A.; se observa que entre otras cosas en el referido escrito las partes acordaron y solicitaron a este Juzgado lo siguiente:
“… a los fines de garantizar el cabal cumplimiento del pago del "Monto Transaccional", se mantenga la medida preventiva de embargo practicada en fecha -25 de octubre de 2023, sobre los siguientes equipos: 1) Cargador Frontal marca: Carterpillar, 966H, Serial Nro. CAT0966HARYF01192, 2) Cargador Frontal marca: Carterpillar, 966H, Serial Nro. CAT0966HVRYF01093; y, 3) Cargador Frontal marca: Carterpillar, 966H, Serial Nro. CAT0966HARYF01189, conforme consta en el cuaderno de medidas del presente expediente; y que, en consecuencia, sea liberada la medida de embargo preventivo sobre los restantes bienes y equipos, exceptuando a los aqui mencionados, sobre los cuales se mantendrá la medida preventiva de embargo, hasta el completo cumplimiento del pago del "Monto Transaccional".
Y en virtud de que lo anterior representa las reciprocas concesiones realizadas por las partes del presente juicio, todo ello al amparo de lo dispuesto en los artículos 255 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, es por lo que se acuerda lo solicitado.
En consecuencia, se ordena REVOCAR MEDIDA DE EMBARGO dictada en fecha 20/10/2023 por el Tribunal Superior, Mercantil, Transito, Bancario, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar; la cual en virtud de haber sido decretada con la finalidad de proteger la ilusoriedad del fallo definitivo, fue declarada EJECUTIVA mediante orden de ejecución forzosa de fecha 03/06/2024; lo anterior respecto a los siguientes bienes propiedad de la demandada:
1.- Un (01) Cargador Frontal marca Caterpillar 950H, Serial Nº CAT 0950HEM1G02306.
2.- Un (01) Cargador Frontal marca Caterpillar 950H, Serial Nº CAT 0950HCM1G02937.
3.- Un (01) Low boy descuellable de 36 toneladas, serial Nº 8X9LW1834GM001006, Marca D’Innocenzo, Placa Nº A06BY9M.
4.- Un (01) Low boy descuellable de 50 toneladas, peso 8.000, serial Nº 8X9WB1337AS 035031, Placa Nº A34AI3S, Año 2010.
5.- Una (01) Motoniveladora, Marca Caterpillar, Modelo 140K, Serial Nº CAT0140KTSZL01286.
6.- Una (01) Motoniveladora, Marca Caterpillar, Modelo 140K, Serial Nº CAT0140KJSZL01244.
7.- Una (01) Motoniveladora, Marca Caterpillar, Modelo 120K, Serial Nº CAT120KLJAP01229.
8.- Una (01) Vibrocompactadora, Marca HAMM, Modelo 3411, serial Nº H2060945.
9.- Un (01) Camión cisterna, marca FVR, Color Blanco, Racda Nº M-TSP-ALNC-2014-8111, Serial Nº 8ZCPFGW88BV404069, Placa Nº A17AN2U.
10.- Un (01) Camión cisterna, marca Kodiak, Color Blanco, Racda Nº M-TSP-ALNC-2014-8111, Serial Nº 8ZCM7C1C88V372124, Placa Nº A18BK8A.
11.- Un (01) Plantor Mobil SYSTEME GIMBH, Serial Chasis Nº W09SSA327B2P20136, Serial Planta Nº 05MS0071, Año 2012.
12.- Un (01) tanque SR CIBER 602603, Año 2015, Serial CT670311, Tipo TM 4020P, de 14.500 KL.
13.- Un (01) Tanque CIBER 6C.40, Año 2015, Serial CH 400332 DE 2.400 KL, Modelo Aquecedor de Oleo Tern, Tipo GC40.
14.- Una (01) Compactadora, Marca Caterpillar, Modelo 825K, Año 2014, Serial CAT0825KCSEE00201.
15.- Un (01) Cargador Frontal, Marca Caterpillar, Modelo 966H, Serial Nº CAT 0966HJRYF01270, Año 2012.
Para tal efecto se ordena oficiar al ciudadano Gabriel Jesús Farías Marcano, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.388.214, en su carácter de Depositario Judicial debidamente designado y juramentado conforme consta en acta de fecha 25/10/2023 emanada del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con el objeto de hacer de su conocimiento lo aquí decidido y a los fines de que realice la entrega material de los bienes antes descritos. Líbrese oficio. Cúmplase.-
En ese sentido se le hace saber a las partes que la Medida Ejecutiva de Embargo decretada en fecha 03/06/2024 se mantendrá activa para los siguientes bienes: Un (01) Cargador Frontal marca Caterpillar 966H, Serial Nº CAT 0966HARYF01192; Un (01) Cargador Frontal marca Caterpillar 966H, Serial Nº CAT 0966HVRYF01093; Un (01) Cargador Frontal marca Caterpillar 966H, Serial Nº CAT 0966HARYF01189. Y así se establece.
LA JUEZA.
ALEJANDRA KATIUSCA BLANCO FONSECA.
EL SECRETARIO.
JESÚS ALFREDO ACEVEDO ROJAS.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO.
JESÚS ALFREDO ACEVEDO ROJAS.
EXP 44.824
AKBF/JAAR/KF
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