REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro
213º y 165º
ASUNTO: KP02-F-2023-001357
Se inició la presente causa por ante este Juzgado, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por motivo de PARTICION DE HERENCIA, instaurado por el ciudadano OMAR ENRIQUE FERNANDEZ CASTELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.836.823, asistido por el abogado: Víctor Galeno, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº.147.554; en contra del ciudadano LENIN DOMINGO FERNANDEZ CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.598.812, de este domicilio. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que desde la admisión de la demanda de fecha 26/01/2024, la parte actora, no ha dado impuso procesal a los fines de emplazar a la parte demandada, toda vez que la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el Ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “…Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado....” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la Instancia en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en la norma antes citada.
La Juez Suplente.
Abg. Josmery Parra de Montes
La Secretaria Titular.
Abg. María José Lucena Garrido.
JEPDM/MJLG/mdn.-
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