REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve (09) de febrero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º
ASUNTO: KH02-X-2019-000030
Vista la diligencia presentada en fecha 19/01/2024 por la Abogada Gioconda Marlene Silva Zurga, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.433.535, Abogada, Inscrita debidamente en el I.P.S.A bajo el N° 92.272, actuando en nombre propio y representación, mediante la cual solicita el levantamiento de la medida cautelar nominada, dictada por este despacho en el presente cuaderno cautelar en fecha 29 de Noviembre del año 2019.
Ahora bien, este Juzgado observa que mediante Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva de fecha 05 de Diciembre del año 2023, este despacho HOMOLOGÓ LA TRANSACCION presentado por las parte. Y quedando firme en fecha 18 de Enero 2024.
De esta manera, en aras de garantizar el Debido Proceso y la Tutela Judicial Efectiva, precluido los lapso de ley establecidos, este Juzgado, ordena el LEVANTAMIENTO de la MEDIDA CAUTELAR NOMINADA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR: consistente en un apartamento distinguido con el nro 3-C, ubicado Duplex Fachada Piso 3 del Conjunto Residencial Sahara, Situado en la Urbanización el Parral, Carrera 2 entre 9 y 10 de la ciudad de Barquisimeto, parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, dicho inmueble tiene una área NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (97,00 MTS2), constituido de dos niveles, el nivel inferior de CINCUENTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTRIMETOS CUADRADOS (50,43 mts2), y consta de lo siguiente; sala, comedor, cocina, are de oficios y baño auxiliar sin ducha, mediante escaleras accede al nivel superior, ubicado en el piso 4, del edificio , de CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (46,57 mts2), donde se encuentra la habitación principal, vestier y baño privado, habitación secundaria con closet, baño auxiliar pasillo, de distribución, cuyo linderos son los siguientes; Nivel Inferior NORTE: Fachada posterior del edificio SUR: pasillo de circulación, cuarto de basura y ducto de servicios ESTE: Apartamento nro 3-D OESTE: apartamento nro 3, Nivel Superior: NORTE: Fachada posterior norte del edificio SUR: pasillo de circulación, cuarto de basura y ductos de servicios ESTE: apartamento 4-D OESTE: apartamento nro 4, le corresponde un puesto de estacionamiento ubicado en el nivel planta baja. A dicho inmueble corresponde un porcentaje de condominio de 1,700%, donde se encuentra protocolizado por ante la oficina de Registro inmobiliario Publico del Primer Circuito Del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 18 de diciembre del año 2012, inscrito bajo nro 2009.124, asiento registral 3 del inmueble matriculado con el número 362.11.2.3.65 y correspondiente al libro de folio real del año 2008.
Igualmente, se acuerda oficiar de lo aquí decidido al REGISTRO PUBLICO DEL PRIMER CIRCUITO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA. Líbrese oficio; Sentencia N° 54; Asiento N° 41.
La Juez Provisoria.
Abg. Johanna Dayanara Mendoza Torres.
El Secretario.
Abg. Luis Fernando Ruiz Hernández.
En la misma fecha, siendo las 02:29 P.M., se publicó y registró la anterior sentencia previo anuncio de Ley.-
El Secretario.
Abg. Luis Fernando Ruiz Hernández.
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