Visto el Convencimiento suscrito entre los ciudadanos: PAOLA CAROLINA MENDOZA ANGULO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de identidad Nº: V– 21.246.341 y JESUS TOMAS HERNANDEZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº: V – 22.246.726, en el expediente  Nº: OM –22 -21, que por Motivo de Obligación de Manutención fue remitido con Oficio Nº: 22 - 21,  por la Defensoría del  Niño y del Adolescente de El Tocuyo, Municipio Morán del Estado Lara, en SEIS (06) folios útiles. Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO el presente Convenimiento de Conformidad con el Art. 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.  Ofíciese a la Defensoría del Niño, Niña y del Adolescente participándole la presente Homologación. 
 
 
           La Jueza Provisoria
 
 
     Abg. Yosglide Duin Leon
 
                                                                                         
 
                                                                                                        La Secretaria 
 
   
 
                                                                                                Abg. Rosbelcy Sandoval.
 
	
 
 
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
 
 
                                                                                                              La Sec.                                       
 
 
 
 
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