REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis (26) de enero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2023-003791
SOLICITANTE: ZORAIDA MERCEDES LINAREZ MARCHAN, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 4.732.917.
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: MERY MELÉNDEZ TORÍN, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el Nº 55.469.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.

-Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ZORAIDA MERCEDES LINAREZ MARCHAN, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 4.732.917, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio: MERY MELÉNDEZ TORÍN, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el Nº 55.469, donde manifiesta se le conceda: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre un galpón que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO PROPIO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: Carrera 12 cruce con Calle 52, Barrio San Vicente en Barquisimeto, Municipio Concepción, Distrito Iribarren del Estado Lara, terreno de aproximadamente: QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON DIEZ METROS CUADRADOS (592,10 M2) y el galpón con un área aproximada de construcción de: CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (463,89 M2), con lo siguientes linderos: NORTE: En veinticinco metros con cincuenta centímetros (25,50mts), con la carrera 12 que es su frente. SUR: En veinticuatro metros con diez centímetros (21,10) con terrenos ocupados por Rosa de Aranguren. ESTE: En veinticinco metros con veinte centímetros (25,20 mts), con la calle 52 y OESTE: En veintiún metros con cuatro centímetros (21,04 mts), con terrenos ocupado por Rosa de Mendoza. Siendo así, este Tribunal observa:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: Pedro Luis Palacios y Oswaldo de Jesús Escalona López, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 13.266.992 y 4.728.987, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana: ZORAIDA MERCEDES LINAREZ MARCHAN, ya anteriormente identificada.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los veintiséis (26) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 213° de Independencia y 164° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.