REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco (25) de enero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º
Asunto: KP02-S-2023-000528
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano CLAUDIO MIGUEL GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.342.209, de este domicilio, actuando como representante de la Sucesión CLAUDIO MIGUEL GONZÁLEZ RIF: J-408378000, asistido por el Abogado JULIO JOSE ALVAREZ DELGADO inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 262.255, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la carrera 29 entre calles 27ª y 28, Parroquia Concepción ,Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos OSCAR JOSE OROZCO NAVAS y AYAMAN CAÑIZALES AÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.615.276 y V-21.128.114, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la Sucesión CLAUDIO MIGUEL GONZÁLEZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
El Juez,

Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario,

Abg. Lewis Carrasco Rangel


Jalvarado/Lcr/sal
Asiento Libro diario:



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco (25) de enero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º
Asunto: KP02-S-2023-000528
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano CLAUDIO MIGUEL GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.342.209, de este domicilio, actuando como representante legal de la Sucesión CLAUDIO MIGUEL GONZÁLEZ RIF: J-408378000, asistido por el Abogado JULIO JOSE ALVAREZ DELGADO inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 262.255, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la carrera 29 entre calles 27ª y 28, Parroquia Concepción ,Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos OSCAR JOSE OROZCO NAVAS y AYAMAN CAÑIZALES AÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.615.276 y V-21.128.114, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la Sucesión CLAUDIO MIGUEL GONZÁLEZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
EL JUEZ,
(FDO)
Abg. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO
(FDO)
Abg. LEWIS CARRASCO RANGEL
Asiento libro diario:
El suscrito Secretario Titular del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. LEWIS CARRASCO RANGEL, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-26.846.570, de conformidad con el artículo 248, del código de procedimiento civil certifica la presente decisión. Dictada en la fecha ut supra.
EL SECRETARIO

Abg. LEWIS CARRASCO RANGEL