REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-003067
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentado por la ciudadana ZULEIMA COROMOTO HERNANDEZ IZARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.322.446, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado CHARLIE VIRGUEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 182.499,, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicada en la carrera 01 con calle 1ª de la urbanización Andres Eloy Blanco, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento inscrito ante la oficina subalterna del segundo circuito de registro del municipio Iribarren, barquisimeto, estado Lara, en fecha 24 de agosto de 2001, bajo el N°09, tomo 7, protocolo primero, código catastral N°13-03-04-U01-217-0005-031-000, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuacionesy evacuadas las testimoniales de los ciudadanos, ORLANDO JOSE HURTADO RODRIGUEZ y SIXTO ANTONIO GRATEROL venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-21.385.317 y V-5.238.040, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio.En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ZULEIMA COROMOTO HERNANDEZ IZARRA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
El Juez,
Abg.Jhonny José Alvarado Hernández El Secretario,
Abg. Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/EC
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