PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO ORDINARO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

PUERTO ORDAZ, DIECINUEVE (19) DE DICIEMBRE DE 2024.
AÑOS: 214º Y 165º
JURISDICCIÓN CIVIL

Sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, suficientemente de propiedad a favor del ciudadano: KIMBERLY VANESA MILLAN MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedulas de identidad números, V-19.804.231, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio NANCY ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro.222.264, de este domicilio. Sobre las referidas BIENHECHURÍAS plenamente identificadas en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Devuélvanse originales con sus resultas.-