REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar.
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, cuatro (04) de abril del año 2024
213º y 165º
ASUNTO PRINCIPAL: MUN-2024-448
Resolución Nº: PJ02620240000038
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: NELLY DEL VALLE CENTENO VDA DE DOMINGUEZ, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-3.017.745, debidamente asistida por la ciudadana: YAMILE BERMUDEZ GARCIA, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 10.283, este Tribunal a los fines de proveer sobre la admisibilidad de la misma, observa:
En fecha 25/03/2024, este Tribunal dictó auto otorgándole un lapso de TRES (03) días a la solicitante a los fines de que consignara el documento de propiedad o titulo supletorio de las primeras bienhechurías descritas en la Solicitud. transcurrido dicho lapso no consta en autos que la solicitante haya presentado lo requerido por este Tribunal, requisito éste fundamental para la admisión de la pretensión, razón por la cual este Tribunal TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara “INADMISIBLE” la presente solicitud. Así se decide.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los cuatro (04) días del mes de abril del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 213° de la Independencia y 165° de la federación.
La Juez,
Nilymar González Bermúdez
La Secretaria
Ennys Barreto Escorche
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las once y treinta (11:30 a.m.) de la mañana.
La Secretaria
Ennys Barreto Escorche
NGB/EBE/Alejandra
|