REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once (11) de Octubre de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2023-002374
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana LINA DEL CARMEN ASUAJE LUCENA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.831.593 de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada NEILA LILIBETH URBINA inscrita en el I.P.S.A. bajo el N°240.632, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la comunidad Simón Bolívar sector la Ureña, carrera 5 entre calles 13 y 15 Parroquia Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de las ciudadanas ESTILITA MARIA COLMENAREZ y ELIAMNIMAR MAHOLY TORRES DORANTE venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.351.702 y V-24.418.739 respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana LINA DEL CARMEN ASUAJE LUCENA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,

ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL



Jalvarado/Lcr/Alv.-.
Asiento libro diario:_________