REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto,tresde octubre de dos mil veintitrés
Años: 213° y 164°
ASUNTO: KP02-S-2023-001429
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: ELIANA CAROLINA PIÑA LISCANO,venezolana,mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-13.187.645, de este domicilio, asistida en este acto por el Abogado en Ejercicio:MARIO ROJAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 219.699, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor dela solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: La Carrera 18 entre Calles 19 y 20, Casa Nº 19-15,Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre unTERRENO PROPIO, según consta en documento debidamente Protocolizado ante laOficina Subalterna de Registro del Distrito Iribarren del Estado Lara, de fecha 06 de Diciembre del año 1974, bajo el Nº 47, Folios 145 vto. al 149 vto., Tomo 4, Protocolo 1, Cuarto Trimestre, cuyas medidas, características y linderos, constan en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor dela ciudadana: ELIANA CAROLINA PIÑA LISCANO,anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,
Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/Migv/mfqa.-