REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto,29 de Noviembre de dos mil veintitrés
Años: 211° y 162°
ASUNTO: KP02-S-2023-003593
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: MARÍA DEL SOCORRO MORENO ORTIZ,venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro.: V- ****, de este domicilio, asistida en este acto, por el Abogado en Ejercicio: JAVIER MONTES ,inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 161.499, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la Carrera 4, entre Calles 3 y Dren X,Urbanización Luis Hurtado Higuera, Nº 3-47, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento inscrito por ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, de fecha 05 de Abril de 2023, bajo el N° 2023.232, Tomo asiento registral 1, Protocolo folio real, Código catastral 13-03-04-U01-217-0091-021, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: MARÍA DEL SOCORRO MORENO ORTIZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Temporal,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/Migv /lc