REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, cuatro de marzo de dos mil veintitrés
212º y 164º

ASUNTO: KP12-MANUAL-S-2023-000002

En horas de despacho del dia de hoy cuatro (04) de marzo de 2023, habilitado como ha sido este Tribunal en virtud del operativo de Tribunal Móvil en Palmarito, Parroquia Montaña Verde, Municipio Torres del estado Lara, a los fines de proveer a los justiciables el acceso a la Justicia efectiva y la tutela judicial, comparece, ante este Tribunal el ciudadano ALEXIS RAFAEL FLORES, venezolano, mayor de edad, no posee cedula de identidad, asistido por la defensora publica abogada MAGDALY TERAN, inscrita en el IPSA bajo el N° 234.372; a los fines de solicitar ante este Juzgado la inscripción de Acta de Nacimiento ante el Registro Civil, (folios 1 y 2) mediante auto de fecha 4 de marzo de 2023, se admitió la presente solicitud, y en virtud del presente operativo de Tribunal móvil habilitado como se encuentra el presente Tribunal, se acordó resolver de forma sumaria. (folio 3). Asimismo, mediante acta de fecha 4 de marzo de 2023, se evacuo las testimoniales de los ciudadanos VIRGINIA DEL CARMEN URE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.632.805 y ROSANA DEL CARMEN MELENDEZ RIERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.952.382.

Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:

Señala el solicitante en su escrito de solicitud alego que: “Es el caso ciudadano Juez que no poseo Acta de Nacimiento ante ningún Registro Publico porque no he sido presentado ante ningún organismo competente para tal fin. Pero es el caso que para poder realizar mi tramite de la vida civil me es indispensable el acta civil de nacimiento para mejor desenvolvimiento de mi personalidad, por lo que amparado en los artículos 26, 32 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, solicitando formalmente la inscripción del acta de nacimiento ante el registro civil”. Este Tribunal observa que el solicitante consigno junto a su escrito libelar copia simple de la cedula de identidad de la ciudadana Natividad del Carmen Flores Colina, titular de la cedula de identidad 2.370.110, madre del solicitante (folio 2), el cual se valora de conformidad con lo establecido en el Artículo 1363 del Código Civil Venezolano en concordancia con el Artículo 429 del Código de Procedimiento Civil Venezolano por lo cual este Tribunal le otorga merito favorable.

Este Tribunal del análisis del escrito libelar y de la prueba documental consignada las cuales son valoradas favorablemente al ser conteste en cuanto al nombre y apellido del solicitante, señala el solicitante que nació en territorio venezolano hace 62 años, específicamente en fecha 28 de abril de 1960, asi como oídas como fueron las declaraciones de los testigos ciudadanos VIRGINIA DEL CARMEN URE ROJAS y ROSANA DEL CARMEN MELENDEZ RIERA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros. V-9.632.805 y V-18.952.382, respectivamente, quienes dieron fe de conocer al solicitante, y que es cierto que el solicitante no posee Acta de Nacimiento. Ahora bien este Tribunal en virtud de lo anteriormente señalado de conformidad con lo establecido en los Artículos 32 y 56 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, de la tutela judicial efectiva, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela DECLARA: CON LUGAR la presente solicitud por INSCRIPCION DE ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano ALEXIS RAFAEL FLORES, venezolano, mayor de edad. En consecuencia, se ordena al Registro Civil de la Parroquia Montaña Verde, que se emita sin plazo alguno y de manera inmediata ACTA DE NACIMIENTO del solicitante y que sea insertada en los libros de nacimiento correspondientes.

Razón por la cual, se ordena al Registro Civil de la Parroquia Montaña Verde, Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, la inscripción del Acta de Nacimiento del ciudadano antes señalado. Expídase copias certificadas de esta sentencia a los interesados y envíese las necesarias a las autoridades civiles mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaria de esta sentencia y archívese.

Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, cuatro (04) de Marzo de 2023. Años: 212º y 164º.
El Juez,

ABG. RAFAEL JOSÉ MARTÍNEZ RIVERO
La Secretaria Temporal,


ROBERLYN GARCÍA MONTES DE OCA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 11/2022, de la Sentencias Definitivas dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 03:00 p.m., se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Temporal,


ROBERLYN GARCÍA MONTES DE OCA