REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Siete (07) de Marzo del dos mil Veintitrés.
Años: 212° y 163°
ASUNTO: KP02-S-2023-000107
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos: BRANDON ABRAHAM DIAZ MEDINA y BAIROND JOSÉ DIAZ MEDINA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédula de identidad N°. V- 29.778.015 y V-30.895.736, asistidos en este acto, por el abogado en Ejercicio: NELSON DAVID MUJICA PEREZ, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 92.316, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: Carrera 5, Entre Calles 3ª y 3B, Casa N° 3ª-29 del Barrio “Santa Isabel”, sector La Lagunita Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos: BRANDON ABRAHAM DIAZ MEDINA y BAIROND JOSÉ DIAZ MEDINA, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza.-
La Secretaria Suplente,

Abg. María Isabel Godoy Viloria.-

MSLP/Migv/san.-