REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 03 de Julio de 2023
Años: 213º y 164º

ASUNTO: KP02-S-2023-001853

SOLICITANTE: LUZ ELENA TORRES MOLINA,venezolana, mayorde edad, titulare de la cédula de identidad N° V-6.142.550, de este domicilio.
ABOGADO
ASISTENTE:OSMERIO RAMON PALMA, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº145.471, de este domicilio.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

Vista la solicitud presentada por la ciudadanaLUZ ELENA TORRES MOLINA, venezolana, mayorde edad, titulare de la cédula de identidad N° V-6.142.550, de este domicilio, asistida por OSMERIO RAMON PALMA, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 145.471,de este domicilio, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO,sobre unas bienhechurías que construyócon dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terrenoPropio,según consta en documento protocolizado por ante la Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, de fecha 29 de Agosto de 2014, inserto bajo el N° 2014.784, asiento registral 1 del inmueble matriculado con bajo el N° 363.11.2.4.3445 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2014, distinguida con el Código Catastral bajo el N° 13-03-07-U01-405-0020-014-000, ubicado en el Barrio San Jacinto II, calle 2, entre transversales 2 y 3, casa N° 13, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del estado Lara,constante de una superficie de NOVENTA Y TRES METROS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS(93,80 MTS2), con un área de construcción del área residencial de DOSCIENTOS VEINTITRES METROS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (223,80 MTS2) y del área comercial de TREINTA Y UN METROS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS (31,20 MTS2),cuyos linderos son: NORTE:en línea de 11,10 metros, con inmueble ocupado por Milly Piñero; SUR:en línea de 11,10 metros, con inmueble ocupado porLourdes de Santiago; ESTE:en línea de 8,45 metros, con inmueble ocupado porCarmen Perozo y OESTE:en línea de 8,45metros, con la calle 2, talcomo consta en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Este Tribunal observa.

UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos los ciudadanosFREDDY ANTONIO COLINA Y SULAY COROMOTO BRICEÑO CASTILLO,venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas Nros. V-4.736.889 Y V-7.463.267, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechosnarrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS PUEDAN TENER, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de laciudadanaLUZ ELENA TORRES MOLINA, identificada anteriormente, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en petición presentada al inicio de este expediente. Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.scc.org.ve y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, dese por terminado de forma sistemática y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL,


ABG. ADRIANA C. AVANCIN




LA SECRETARIA,



ABG. SLAYNE AULAR
ACA/SA/vyto