REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiunode julio de dos mil veintitrés
Años: 213° y 164°
ASUNTO: KP02-S-2023-002095
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: JORGE ARMANDO SANCHEZ,venezolano,mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-14.760.614, de este domicilio, asistido en este acto por el Abogado en Ejercicio:SEGUNDO PASTOR COLMENAREZ QUERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 207.811, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías, ubicadas en: La Comunidad Ruiz Pineda II, Vereda 8 con Esquina de la Calle 3, Casa Nº 1B11L, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano: JORGE ARMANDO SANCHEZ,anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Accidental,
Yenny Yolismar Olivar Pérez.
MSLP/Yyop/mfqa.-