REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto,09 de Febrero de 2023
Años: 212º y 163º

ASUNTO: KP02-S-2023-000152
SOLICITANTE: IRAIDA MARGARITA HERNANDEZ HURTADO,venezolana, mayorde edad, titular de la cédula de identidad N°.V-5.255.271, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE:NUN ZERPA, abogadoen ejercicio e inscritoen el IPSA bajo el Nº 170.009, de este domicilio.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

Vista la solicitud presentada por la ciudadanaIRAIDA MARGARITA HERNANDEZ HURTADO,venezolana, mayorde edad, titular de la cédula de identidad N°.V-5.255.271,de este domicilio, asistida por NUN ZERPA, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 170.009, de este domicilio, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno Propio, según consta en documento protocolizado por ante el Registro Inmobiliario Segundo Circuito de Barquisimeto, Estado Lara, bajo el N° 2008.1200, asiento registral 1, matrícula 363.11.2.4.200, protocolo folio real, de fecha 13 de noviembre del año 2008, ubicado en la Urbanización Bolívar, calle 6 entre carreras 8 y 9, N° 4-32, Parroquia Unión,Municipio Iribarren del estado Lara, constante de una superficie total de DOSCIENTOS DOS METROS CON CUARENTA Y SIETE CENTIMETROS (202,47 MTS2),cuyos linderos son: NORTE: En línea de diecinueve con setenta metros (19,70 mts), con terrenos ocupados por Martha Escalona; SUR: En línea de diecinueve con noventa metros (19,90 mts), con terrenos ocupados por Mery Hernández; ESTE: En línea de diez con setenta metros (10,70 mts), con terrenos ocupados por Erika Gómez y OESTE: En línea de nueve con noventa y cuatro metros (9,94 mts), con calle 6 que es su frente, tal como consta en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Este Tribunal observa.
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos los ciudadanos JOSE EUGENIO GUTIERREZ PIÑA Y OSCAR JOSE PEÑA MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas Nros. V-20.009.385 Y V-7.430.253, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechosnarrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS PUEDAN TENER, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor dela ciudadanaIRAIDA MARGARITA HERNANDEZ HURTADO, identificadoanteriormente, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en petición presentada al inicio de este expediente. Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.scc.org.ve y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, dese por terminado de forma sistemática y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL,


ABG. ADRIANA C. AVANCIN




LA SECRETARIA,



ABG. SLAYNE AULAR
ACA/SA/vyto