REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de enero de dos mil veintitrés
212º y 163º

ASUNTO: KP02-S-2022-001490
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por las ciudadanas: MAYDELING DE JESUS COLMENAREZ PEÑA Y MAYLING VERONICA HERNANDEZ PEÑA, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-24.158.409 y V-17.229.979, respectivamente, asistidas en este acto por la abogada en Ejercicio: NORELCY YRAIDA GOYO PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 317.373, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de las solicitantes la propiedad de las bienhechurías, ubicadas en: La Carrera 12 esquina de la Calle 18, Casa Nº 18-7, del Barrio La Pastora, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyeron con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de las solicitantes ciudadanas: MAYDELING DE JESUS COLMENAREZ PEÑA Y MAYLING VERONICA HERNANDEZ PEÑA, anteriormente identificadas, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://ww.lara.scc.org.ve.
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,

Abg. María Isabel Godoy Viloria.

MSLP/Migv/mfqa.-