REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece (13) de diciembre del 2023
213º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2023-003060
SOLICITANTE: Ciudadana WILMA PASTORA VALERA BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.7.308.088.-
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: Abg. ANAIS AMARILIS APONTE RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°127.531.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-

SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS

Vista la solicitud presentada por la ciudadana WILMA PASTORA VALERA BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.7.308.088, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por la Abogada en ejercicio ANAIS AMARILIS APONTE RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°127.531, donde manifiesta se le decrete a su favor TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre unas bienhechurías que construyó a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO que tiene un área de extensión de OCHENTA Y SEIS CON VENTICINCO METROS CUADRADOS (86,25 MTS2), ubicada en la calle 46 entre carreras 14 y 15, del Municipio Iribarren de la ciudad de Barquisimeto estado Lara, que consiste en una (01) casa de bloques de cemento frisado con mezclilla, dos (02) habitaciones con sus respectivos closets, una (01) sala , un (01) comedor, una (01) cocina, (01) baño, techo de platabanda, piso de mosaico, ventanas de metal protegidas con su respectivas rejas de hierro, un (01) portón y sus correspondientes instalaciones eléctricas, aguas blancas, aguas negras, jardín y estacionamiento comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa y terreno que es o fue de los Hermanos Ángel Medina y Carmen Elena Medina de Majano, SUR: Casa y terreno que es o fue de Blanca Romero, ESTE: Calle 46 que es su frente, y al OESTE: Terrenos ejidos, todo lo cual hace un área de superficie de QUINIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (575 MT2). Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de CIENTO CINCO MIL NOVENTA BOLIVARES (Bs. 105.090,00).-

Para decidir este Tribunal observa:

UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: Ciudadanos MARIA FERNANDA CORDOVA CASTAÑEDA y LEANDRO ALBERTO RODRIGUEZ GRIMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.990.053 y 9.629.526, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana WILMA PASTORA VALERA BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.7.308.088, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.

Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://www.lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a trece (13) días del mes de diciembre de 2023. Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-
El Juez,





Magdiel José Torres.

La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.