REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, veintidós (22) de Diciembre de dos mil Veintitrés (2023)
Años: 213° y 164°
ASUNTO: KP02-S-2023-003864
Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ZULAINA COROMOTO ORELLANA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-5.254.038, asistida en este acto, por el abogado: Henry Elvis, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 245.203, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: Sector Pueblo Nuevo en la Calle 3 entre carreras 4ª Y 5ª S/N, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara. las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: ZULAINA COROMOTO ORELLANA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza
La Secretaria Temporal,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/ Migv/San.-