REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 14 de Marzo de 2023
Años: 212º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2022-002142
SOLICITANTES: SUN LING JOSEFINA ZABALETA MENDOZA Y RAFAEL ALBERTO FERNANDEZ RIERA, venezolanos, mayoresde edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.727.507 y V- 19.265.958.
ABOGADOS
ASISTENTE: ANGEL LEONARDO MARTINEZ PEÑA Y MARIA MERCEDES BARRIOS MENDOZA, inscritos en el IPSA bajo losNros. 300.475 y 318.088,de este domicilio.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanosSUN LING JOSEFINA ZABALETA MENDOZA Y RAFAEL ALBERTO FERNANDEZ RIERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 17.727.507 y V- 19.265.958, de este domicilio, asistido porlos abogados en ejercicioANGEL LEONARDO MARTINEZ PEÑA Y MARIA MERCEDES BARRIOS MENDOZA, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 300.475 y 318.088,donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno Ejido, ubicado en las Colinas del Manzano, Avenida Araguaney con calle Los Pinos de esta Ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, según consta en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Este Tribunal observa.
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos los ciudadanos ZAPATA LUIS ALEJANDRO Y PEDRO RAFAEL CASTILLO PIÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas Nros. V- 19.799.495 y V- 21.128.514, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS PUEDAN TENER, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor delos ciudadanosSUN LING JOSEFINA ZABALETA MENDOZA Y RAFAEL ALBERTO FERNANDEZ RIERA, antes identificados, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en petición presentada al inicio de este expediente. Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.scc.org.ve y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, dese por terminado de forma sistemática y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal. Cúmplase.
La Juez Temporal,
Abg. Adriana Carolina Avancin.
La Secretaria
Abg. SlayneAular