REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de octubre de dos mil veintidos
212º y 163º

ASUNTO: KP02-F-2021-000446
Visto el Desistimiento del Procedimiento, suscrito por laciudadana:ARIANNY DEL VALLE DATICA ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.827.971, debidamente asistida por la Abg. HEDITZA ALEJANDRA PEREZ, debidamente inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 147.230, éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, se declara extinguida la instancia, de todo de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Archívese el presente expediente.

LA JUEZ TEMPORAL,


ABG. ADRIANA C. AVANCIN.
LA SECRETARIA


ABG. SLAYNE AULAR