REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BOLÍVAR
ASUNTO: FP02-V-2020-000031
Este Tribunal de una revisión minuciosa efectuada al expediente pudo observar que en fecha 10/02/2020 se admitió la presente demanda por daños y perjuicios, interpuesta por Katherine Magdalena Comisso Mendoza venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 13.595.055 contra Keiner Manuel Rodríguez y Edgar Adrian D`Andrea Marín, venezolanos, mayores edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 28.030.603 y V- 8.899.660, asimismo, ordenando emplazar a la parte demandada, para que comparezca ante este tribunal dentro del vigésimo (20) días de despacho siguientes a la citación a dar contestación de la demanda.
Ahora bien, el tribunal observa que la presente causa ha estado paralizada por falta de impulso procesal por parte del interesado, desde el día 10/03/2020 hasta la presente fecha 11/10/2022, vale indicar que por más de doce (12) meses, excluyendo el excepcional periodo de suspensión de los lapsos procesales emanado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia provocado por la pandemia del Covi-19 decretado por el Ejecutivo Nacional, lo que demuestra indiscutiblemente la ocurrencia del supuesto previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que establece: “…Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”
Siendo entonces la perención de carácter objetivo, irrenunciable y de estricto orden público, basta que se produzcan para su declaratoria la falta de gestión procesal, es decir, la inercia de las partes y la paralización de la causa por el transcurso de determinado tiempo, una vez efectuado el último acto de procedimiento.
Considera esta juzgadora, después de haber revisado todas y cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, que en efecto la causa bajo estudio estuvo paralizada por más vale indicar que más de doce (12), vale indicar, desde el día 10/03/2020 hasta la presente fecha 11/10/2022,no realizándose por parte de la accionante ningún acto tendiente en avanzar en el proceso hasta su conclusión, por lo que ciertamente se evidencia la falta de interés de la misma en que dicha pretensión llegara a su culminación.-
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y derecho expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCION Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente asunto con motivo del juicio daños y perjuicios, interpuesta por Katherine Magdalena Comisso Mendoza contra Keiner Manuel Rodríguez y Edgar Adrian D`Andrea Marín.
Se ordena la notificación de las partes de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese, incluso en la página oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de esta decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de este despacho a los diez (10) días del mes de octubre de de dos mil veintidós (2022) Años 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
La Jueza,
Soraya Amparo Charboné.
La Secretaria,
Lerys Barreto Escorche.
En esta misma fecha de hoy, se publicó la anterior sentencia, siendo las una de la tarde (01:00 p.m.).
La Secretaria,
Lerys Barreto Escorche.
SCH/Lb/rosita.-
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