REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro (24) de Noviembre de dos mil veintidós
Años: 211° y 162°


N° MANUAL-S-2022-4100
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: ROSA MARÍA ESCALONA VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.722.766, de este domicilio, asistida en este acto por la Abogada en Ejercicio: WENDY TONA SEGOVIA, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 296.428, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicada en la Calle 10, entre 1 y 2, Manzana 15, casa número 15, de la Comunidad La Lucha II, Sector Oeste, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren, de la Ciudad de Barquisimeto del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante, ciudadana: ROSA MARÍA ESCALONA VALERA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.-
La Jueza,


Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,


Abg. María Isabel Godoy Viloria.

MSLP/ Godoy /mcp.-