REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez (10) de noviembre de dos mil veintidós
212º y 163º
Nº MANUAL-S-2022-3602
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: DAVID JOSE SEQUERA DURAN, venezolano, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.171.106, de este domicilio, asistido en este acto por la Abogada en Ejercicio VICZY FONSECA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 169.946, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la carrera 36 entre calle 22 y calle 23 Nº 36-10, sector Pata e Palo, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento inscrito por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, de fecha 30 de abril de 2021, bajo el N° 2021.194, asiento registral 1, inmueble matriculado con el Nº 362.11.2.1.10843, Código catastral 130301U011123701025, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2021; cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano DAVID JOSE SEQUERA DURAN, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria suplente,

Abg. María Isabel Godoy Viloria.


MSLP/Mgodoy/ig