REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Seis (06) de mayo de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º

ASUNTO: KP02-S-2021-001854
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: LISMARY MARIA FRIAS ALVAREZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro.: V-17.858.367, de este domicilio, asistida en este acto, por el Abogado en Ejercicio: GERMAN INOJOSA inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 219.674, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en el sector Simón Rodríguez, calle 47 entre carreras 27 y 28, de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento inscrito por ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, de fecha 13 de octubre del año 2015, bajo el N°2015-1085, Tomo 1 , Protocolo FR, Código catastral 130302U012042847006000, perteneciente al ciudadano JOSE PASTOR FRIAS ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro.: V-4.065.566, quien por documento privado realizo cesión a favor de la solicitante; cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos WILMER PASTOR SEQUERA y YONNY EDUARDO HERNANDEZ DURAN venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.7.387.525 y 14.293.217 respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio.En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana: LISMARY MARIA FRIAS ALVAREZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
El Juez,

Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario,


Abg. Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/ec