REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco (05) de mayo de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º

ASUNTO: KP02-S-2022-000802
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: NEYDA YADITZA SILVA GARCIA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°.V-7.443.770, asistida en este acto, por la abogada en Ejercicio: FELIPA ELOISA CHIRINOS PEREIRA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nro.257-214, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas, Romeral 1 calle los mangos, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos YAMIL ANTONIO NAVAS y EDWAR JESUS MONTILLA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.V-4.565.415 y V-12.670.845 respectivamente quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: NEYDA YADITZA SILVA GARCIA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
El Juez,

Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario,

Abg. Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/ec