REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Cinco de Mayo del dos mil veintidós
Años: 212° y 163°

ASUNTO KP02-S-2022-001155
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: WENDYMAR DEL CARMEN LINAREZ SANCHEZ venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V- 19.591.253 asistida en este acto, por la abogada en Ejercicio: HERIANA JOSEFINA TIMAURE DE PEREZ, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 207.895 evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: Urbanización Neblinas del Cercado, carrera 2 con calle 6. Casa N° 89, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: WENDYMAR DEL CARMEN LINAREZ SANCHEZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza.

La Secretaria Suplente

Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/Godoy/san.-