REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de Marzo de dos mil veintidós
211º y 163º
ASUNTO: KP02-S-2022-000407
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: SERGIO XAVIER PIÑA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V- 19.827.621, asistido en este acto, por el abogado en Ejercicio:, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 173.576, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en el Cují, Sector el Jayo, calle Bolívar con calle La Vega, Parroquia El Cuji, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano: SERGIO XAVIER PIÑA LOPEZ, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Juez,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria suplente,
Abg. Maria Isabel Godoy Viloria
MSLP/GODOY/yo