REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós (22) de Marzo de dos mil veintidós
211º y 163º

ASUNTO: KP02-S-2022-00111

Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: JOSE ALEJANDRO RODRIGUEZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 1.209.157, asistido en este acto por la abogada en Ejercicio: RAIZA CALLES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°234.218, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la calle 9 con carreras 1 y 2 N° 15, Barrio Santa Isabel, del Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento inscrito por ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, de fecha 24 de agosto de 2011, bajo el N° 2011.1373, asiento registral 1 del inmueble matriculado 363.11.2.7.2566, del libro de folio real 2011, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano: JOSE ALEJANDRO RODRIGUEZ CASTILLO, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria suplente,


Abg. Marìa Isabel Godoy Viloria

MSLP/GODOY/yo