REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete (27) de junio de dos mil veintidós
212º y 163º
Nº MANUAL-S-2022-689
Vista la solicitud de TIULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: YORBELIS JOSE COLMENAREZ COLMENARES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-27.212.739, asistida en este acto por el abogado en Ejercicio: GUSTAVO ZERPA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 255.812; evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: Calle Ezequiel Zamora, Nº 85, Agua Viva el Roble, Sector 2-D, Comunidad Ezequiel Zamora-11, Parroquia Ana Soto, Antigua Juan de Villegas, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: YORBELIS JOSE COLMENAREZ COLMENARES, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://ww.lara.scc.org.ve.
La Jueza,


Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,


Abg. María Isabel Godoy Viloria.



MSLP/Migv/ig