REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, veintiséis (26) de julio de dos mil veintidós (2.022)
212º y 163º
ASUNTO Nº 1135
DEMANDANTE: INVERSIONES FOSPUCA IRIBARREN C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el Tomo 61-A RMI, bajo el Nº 39, del año 2016.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: RAFAEL E. GONZALEZ DELGADO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 229.835.
DEMANDADO: Empresa MANUFACTURAS DE POSTES Y EQUIPOS GENESIS C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 01/07/2004, bajo el Nº 3, Tomo 28-A, RIF J-31184248-9, en la persona de la ciudadana MARIA NELIA BRITO SEQUERA, titular de la cedula de identidad Nº V-10.848.125, en su condición de Presidente, según se desprende de Acta de Asamblea registrada en fecha 07/12/2020, bajo el Nº 104, del Tomo 37-A ante el Registro Mercantil Segundo de la circunscripción judicial del estado Lara.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS DURAN ALFARO e ISMARY BRAVO FREITEZ Inpreabogado Nº 113.800 y 113.899.
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza Definitiva.
Vista la TRANSACCIÓN, efectuada por el Abogado JESUS REYNALDO DURAN ALFARO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, por una parte, y por la otra, el Abogado RAFAEL ENRIQUE GONZALEZ DELGADO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, arriba ambos identificados, y por cuanto lo acordado no violenta el orden público ni versa sobre materias para cuyo tratamiento estén prohibidas las transacciones y disponiendo las partes de la capacidad suficiente para transar en el presente juicio y así ponerle fin al mismo, se le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN. En consecuencia, téngase entre las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide.
El Juez Suplente,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero
La Secretaria,
Abg. María José Lucena Garrido
HARB/MJLG/ihp.-
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