REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, seis de julio de dos mil veintidós
212º y 163º


ASUNTO: KP12-V-2022-000066

DEMANDANTE: DIEGO ALFONZO FIGUEROA CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.076.651.

ABOGADO ASISTENTE DEL DEMANDANTE: RICHARD SAID INFANTE, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 147.217.

DEMANDADA: MARIANNA MACARENA ROJAS CAMPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.673.317.

MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (ACEPTANDO COMPETENCIA)

DE LA INTRODUCCIÓN

Vistas las actas que conforman el presente expediente, contentivo de la demanda de Cumplimiento de Contrato, presentada por el ciudadano DIEGO ALFONZO FIGUEROA CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.076.651, asistido por el abogado RICHARD SAID INFANTE, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 147.217, en relación al cumplimiento de contrato celebrado con la ciudadana MARIANNA MACARENA ROJAS CAMPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.673.317; remitido mediante oficio N° 070/2022, de fecha 29 de Junio de 2022, recibido por éste Tribunal en fecha 30 de Junio de 2022, emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en virtud de la decisión dictada en fecha diecisiete (17) de Junio de dos mil veintidós (2022), mediante la cual se declaró incompetente por la cuantía para conocer de la presente causa y declinó la competencia a los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, correspondiéndole a este Tribunal el conocimiento de la misma por Distribución.

DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara sede Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA COMPETENTE por la cuantía, para seguir conociendo de la presente causa.
Expídase copia certificada por secretaría y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los seis (06) días del mes de Julio de 2022. Años 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
El Juez,

Abg. Rafael José Martínez Rivero

La Secretaria Temporal,

Roberlyn Isabel García Montes de Oca

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 06/2022 de las Sentencias Interlocutorias dictadas por este Tribunal, y se publicó siendo las 10:40 a.m.

La Secretaria Temporal,

Roberlyn Isabel García Montes de Oca