REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho (28) de Julio de dos mil Veintidós
Años: 212° y 163°
Nº MANUAL-S-2022-1543
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: SANDRA MARIA COLMENARES LOYO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-20.045.618, asistida en este acto por la abogada en Ejercicio: WENDY TONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 296.428, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en EL SECTOR III DE LA APOSTOLEÑA, MANZANA S CASA 5, PARROQUIA GUERRERA ANA SOTO, MUNICIPIO IRIBARREN, BARQUISIMETO ESTADO LARA, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: SANDRA MARIA COLMENARES LOYO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,


Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,


Abg. María Isabel Godoy Viloria.


MSLP/ Godoy /ig