Visto el Convenimiento que cursa en el folio (10), de fecha 15 de Febrero  del año 2022, suscrito entre los ciudadanos: MAYLLENIS NOHEMI GUTIERREZ YAJURE venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V-16.324.284,  y OMAR DE JESUS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V-25.141.505, en el expediente  Nº: OM: P-0543-22, que por Motivo de Obligación de Manutención, cursa por  ante este Tribunal. Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO el presente Convenimiento de Conformidad con el Art. 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
 
La Jueza Provisoria
 
 
Abg. Yosglide Duin León.
 
                                                                                         
 
                                                                                                        La Secretaria Suplente
 
   
 
                                                                                                              Rosbelcy Sandoval
 
	
 
 
 
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