REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de Febrero de dos mil Veintidós
Años: 211° y 162°
ASUNTO: KP02-S-2021-003153
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: REINALDO JAVIER BARRIOS VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-13.264.469, asistido en este acto, por la abogada en Ejercicio: MIGLENI MIREYA MEDINA GARCIA , inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 186.771, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías, ubicadas en la vereda 17, entre calles 2 y 3, Barrio Cerritos Blancos, Parroquia Guerrera Ana Soto , ( anteriormente Parroquia Juan de Villegas) Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano: REINALDO JAVIER BARRIOS VILLEGAS, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
El secretario,
Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
MSLP/Jalvarado/migv