REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara. (Carora)
Carora, veintiséis (26) de Enero de 2022
211º y 162º

ASUNTO: KP12-V-2021-000052
Demandante: Edinxon Antonio Mosquera Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.142.351.
Abogado Asistente: Abg. Isabel Cristina Rodríguez Burgos, Defensora Pública Primera de Protección del Niño, Niña y del adolescente del Estado Lara, Extensión Carora.
Demandada: Jessica Carolina Torres Bravo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.452.511.
Beneficiario: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) (Niño), fecha de nacimiento: 17/04//2010
Motivo: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.

En fecha 19 de agosto de 2021, el ciudadano Edinxon Antonio Mosquera Rodríguez, ya identificado, en representación de su hijo, la niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), debidamente asistido por la Abg. Isabel Cristina Rodríguez Burgos, Defensora Pública Primera de Protección del Niño, Niña y del adolescente del Estado Lara, Extensión Carora, solicitó se citara a la madre de su hija, la ciudadana Jessica Carolina Torres Bravo, ya identificada, a fin de que se fijara el Régimen de Convivencia Familiar, para su hijo. En dicha oportunidad copia certificada del acta de nacimiento del beneficiario, que riela en el tres (03) de autos, fotocopia de la Cedula de identidad d la solicitante, que riela al folio cuatro (04) de autos, copia certificada de la sentencia del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación Sustanciación y Ejecución de fecha 31 de octrubre del 2018 asigando bajo el N° KP12-H-2018-000014, que riela a los folios cinco (05) al seis (06) de autos. En fecha 31 de agosto de 2021, se ADMITIÓ la demanda, se ordeno la notificación de la ciudadana Jessica Carolina Torres Bravo, ya identificado y se prescindió de escuchar la opinión del niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en vista de la situación de riesgo generada por el Virus Covid-19, de conformidad con las resoluciones Nros. 007 y 008 de la Sala Plena del TSJ.

En fecha 27 de septiembre de 2021, el ciudadano alguacil adscrito a este juzgado, consignó boleta de notificación librada a la demandada, debidamente firmada y recibida por la ciudadana Jessica Carolina Torres Bravo, ya identificada.
En fecha 26 de octubre de 2021, la suscrita secretaria certificó boleta de notificación, de conformidad con la norma del artículo 458 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 27 de octubre de 2021, mediante auto, fija la audiencia preliminar en su fase de mediación para el día miércoles veinticuatro (24) de noviembre de 2021, a las diez de la mañana (10:00 am), entre los ciudadanos Edinxon Antonio Mosquera Rodríguez y Jessica Carolina Torres Bravo, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 25.142.351 y V-27.452.511, respectivamente de conformidad con la norma del artículo 467 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolecentes.
En fecha 25 de noviembre de 2021, se ABOCA al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra la Abg. Oliva del Carmen Gil, quien fue designada como Juez Suplente del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por decisión de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en reunión de fecha doce (12) de julio de dos mil diecinueve (2019) y participado según oficio signado bajo el Nº TSJ/CJ/1488/2019.
En fecha 02 de diciembre de 2021 día Por cuanto la Abg. Oliva Del Carmen Gil, fue designada como Juez Suplente Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, al conocimiento de la presente causa, vencido dicho lapso de abocamiento y no habiendo recusación de la directora del Proceso, se reanuda la causa al estado y grado en la que se encontraba al momento del abocamiento, por lo que esta Juzgadora, reprograma la Audiencia Preliminar en su fase de mediación para el día miercoles (22) de diciembre de 2021, a las nueve y treinta de la mañana (09:30am), entre los ciudadanos Edinxon Antonio Mosquera Rodríguez y Jessica Carolina Torres Bravo antes identificados.
En fecha 17 de enero de 2022, de la revisión exhaustiva del presente asunto, en vista que en fecha, miércoles veintidós (22) de diciembre de 2021, no se llevo a cabo la audiencia preliminar de jurisdicción voluntaria, por cuanto no hubo despacho, de conformidad con la resolución Nº. 00019 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha primero (1°) de diciembre de 2021. En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, reprograma la Audiencia preliminar en su fase de mediación para el día viernes, veintiuno (21) de enero de 2022, a las diez y treinta de la mañana (10:30am) entre los ciudadanos Edinxon Antonio Mosquera Rodríguez y Jessica Carolina Torres Bravo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-25.142.351 y V-27.452.511 respectivamente.
En fecha 21 de enero de 2022 día y hora fijada para llevarse a cabo la audiencia Preliminar en su fase de mediación, entre los ciudadanos Edinxon Antonio Mosquera Rodríguez y Jessica Carolina Torres Bravo, ya identificados, se dejó expresa constancia de la no comparecencia de las partes tanto demandante como demandada, es por ello que de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró desistido el procedimiento.
DECISIÒN
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Desistida la demanda de Régimen de Convivencia Familia, presentada por el ciudadano Edinxon Antonio Mosquera Rodríguez, ya identificado, en contra de la ciudadana Jessica Carolina Torres Bravo, ya identificada y terminado el proceso, con fundamento a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto y su respectiva remisión al archivo judicial.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 26 de enero de 2022. Años. 211º y 162º.

LA JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN



Abg. OLIVA GIL
LA SECRETARIA


Abg. PAOLA MELENDEZ
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 16-2022 y se publicó siendo las 9:25 a.m
LA SECRETARIA


Abg. PAOLA MELENDEZ

Asunto: KP12-V-2021-000052
OG/aja.-
“32° Aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño 1989-2022”.